El Procurador General de Texas Ken Paxton presentó un escrito amicus en la Corte Suprema de los Estados Unidos para proteger la libertad de las organizaciones religiosas y su capacidad de elegir su propio liderazgo.
El escrito amicus liderado por Virginia se presentó después de que el Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito, con sede en Nueva York, emitiera un fallo preocupante que podría permitir a los tribunales interponerse en decisiones organizativas que pertenecen legítimamente a las instituciones religiosas.
Aquí, el Segundo Circuito dictaminó erróneamente que una acción legal por difamación presentada contra los líderes de una iglesia podría proceder, a pesar del peligroso precedente que se establecería para debilitar las protecciones de la Primera Enmienda. La persona que presentó la demanda por difamación lo hizo para desafiar las comunicaciones internas del Sínodo de los Obispos de la Iglesia Ortodoxa Rusa Fuera de Rusia que le impidieron convertirse en el Obispo de Miami.
Es vital en tales disputas religiosas que el sistema judicial se abstenga de ejercer influencia sobre las instituciones y sus decisiones de liderazgo. Los tribunales deben respetar la capacidad constitucionalmente protegida de las organizaciones religiosas para operar de acuerdo con sus creencias. El fallo contrario del Segundo Circuito viola las protecciones legales de larga duración para las organizaciones religiosas y amenaza la libertad religiosa de todos los estadounidenses.
El escrito multiestatal dice: "Los estados amici son el hogar de miles de organizaciones religiosas, con millones de adherentes. Los Estados Amici tienen un interés apremiante en proteger los derechos constitucionales de estas organizaciones, incluidas las iglesias, sinagogas y mezquitas, a ser libres de comunicarse sobre sus líderes actuales y anteriores sin temor a que los tribunales seculares los castiguen o interfieran con su toma de decisiones. El fallo a continuación expone a las organizaciones religiosas a litigios de años y descubrimiento intrusivo en sus decisiones de liderazgo sin revisión de apelación hasta que se dicten sentencias finales".
Para leer el escrito completo, haga clic aquí.