El Procurador General de Texas Ken Paxton se unió a un escrito de amicus curiae dirigido por West Virginia instando a la Corte Suprema de Estados Unidos a tomar un caso que tiene implicaciones importantes para la capacidad de los estados para proteger su medio ambiente.
Dentro de la Ley de Agua Limpia (Clean Water Act, CWA), el Congreso codificó el papel vital que desempeñan los estados en el enjuiciamiento de las violaciones de la CWA. Es importante destacar que si ocurre una violación de la CWA y un estado está procesando la presunta violación bajo una ley estatal comparable a una acción de cumplimiento por parte de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (Environmental Protection Agency, EPA), el Congreso dejó en claro que la violación no debe ser también objeto de una acción de sanción civil privada. Esto evita que las "demandas ciudadanas", o demandas iniciadas por demandantes privados, reemplacen o sustituyan la acción del gobierno para hacer cumplir la ley.
Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Cuarto Circuito, con sede en Richmond, emitió recientemente un fallo que debilita este diseño. El escrito amicus curiae se presentó en un caso en el que Carolina del Sur estaba respondiendo activamente a una violación de la CWA, pero el Cuarto Circuito dictaminó que las acciones del estado no eran suficientes para excluir una demanda privada que también se presentó en respuesta a la misma violación. Esta decisión contradice la directiva del Congreso para la aplicación de la CWA y amenaza con comprometer la aplicación adecuada de otras leyes también.
El escrito de amicus dice: "La visión estrecha de la mayoría del poder estatal y la perspectiva confusa sobre las demandas ciudadanas no es relevante solo para esa Ley. Muchas otras leyes, incluida la Ley de Aire Limpio, la Ley de Control de Sustancias Tóxicas, la Ley de Agua Potable Segura, la Ley de Especies en Peligro de Extinción, la Ley de Control y Recuperación de Minería de Superficie y la Ley de Conservación y Recuperación de Recursos, tienen disposiciones similares de demanda ciudadana. Y al bajar el nivel contra las demandas ciudadanas, el Cuarto Circuito ignoró tanto la deferencia que se les debe a los Estados en general como la discreción que se les debe específicamente en cuestiones de gestión del agua y la tierra como estas".
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