Cualquier ciudadano residente en una jurisdicción que tiene una política ilegal santuario o empleados de una institución de educación superior con una política ilegal santuario puede presentar una denuncia jurada o una no jurada legal ante la Procuraduría General de Texas. La declaración debe incluir una lista de los hechos que apoyan la denuncia y una declaración bajo pena de perjurio de que los hechos son verdaderos y correctos al mejor entendimiento del denunciante.

Si la Procuraduría determina que una entidad local parece haber violado las disposiciones anti santuario, el Procurador General puede tomar acción legal contra la entidad local para buscar una orden judicial que lleve al cumplimiento futuro, se puede buscar una penalidad civil, o la remoción del funcionario del puesto público. Para violaciones de detención, el Procurador General puede presentar una demanda contra la entidad local en busca de los mismos remedios si hay una violación intencional. Los fiscales locales también pueden presentar cargos de delito menor contra funcionarios por violar intencionadamente las disposiciones de detención.

Para preguntas acerca de ilícitas políticas santuario, puede llamar a la línea directa SB 4 de la Procuraduría General de Texas 1-833-892-7396.

Presente una Queja de Santuario

Proyecto de Ley 4 del Senado: Prohibición de Entidades Santuario

 

Proyecto de Ley 4 del Senado, adoptado por la Legislatura en su sesión 85, (1) prohíbe a una entidad local o departamento de policía en campus de educación superior adoptar o aplicar una política que evite la implementación de la ley federal o estatal de inmigración (las disposiciones anti-santuario) y (2) exige el cumplimiento de solicitudes de detenciones federales de inmigración (las disposiciones de detención). En base a los procedimientos judiciales que se han producido hasta la fecha, parte de la Ley entró en vigor el 01 de septiembre del 2017, disposiciones adicionales entraron en vigor el  25 de septiembre del 2017y dos frases en la ley ("límites materiales " y "respaldar") no han entrado en efecto. El Proyecto de Ley del Senado 4 se aplica a las entidades locales, incluyendo las siguientes:

  • un departamento de policía del campus en una institución pública o privada de educación superior; una entidad de gobierno de un municipio, condado o distrito especial o autoridad;
  • un funcionario o empleado de una división, departamento u otro cuerpo de un municipio, condado, distrito especial o autoridad, tales como: un sheriff, departamento de policía municipal, fiscal municipal, o abogado del Condado; y
  • un fiscal o Fiscalía Penal.

El Proyecto de Ley 4 del Senado no se aplica a ciertas autoridades locales incluyendo distritos escolares y escuelas chárter de inscripción abierta, distritos de hospital y las autoridades de salud mental, entre otros.
Las disposiciones anti-santuario de la Ley 4 del Senado prohíben a una entidad local cubierta bajo las disposiciones que adopte o aplique una política que evite a sus oficiales de policía:

  1. investigar el estatus migratorio de una persona en detención legal o bajo arresto;
  2. enviar o recibir información de autoridades federales de inmigración;
  3. intercambiar información de estado de inmigración con otros agentes locales, estatales o con las autoridades federales;
  4. ayudar o cooperar con las autoridades federales de inmigración;
  5. permitir que un funcionario federal de inmigración tenga acceso y lleve a cabo actividades de cumplimiento en una cárcel para hacer cumplir las leyes de inmigración; y
  6. cumplir con solicitudes de detención federal de inmigración expedidas por la agencia federal Aduanas e Implementación de Inmigración Federal (USCIS).